¿UN CARTEL DENTRO DEL INM?
Por DÉCIMO DIEZ | COLUMNA DE INVESTIGACIÓN
Dos conversaciones distintas entregadas a Diez10 Noticias describen presuntas redes de cobro ilegal dentro del Instituto Nacional de Migración. Una se refiere a trámites de residencia gestionados supuestamente desde oficinas centrales en la zona de Polanco, en Ciudad de México; la otra señala posibles cobros a viajeros extranjeros en el aeropuerto y cruces fronterizos de Tijuana.
Los relatos comparten un elemento: el supuesto aprovechamiento de funciones migratorias para obtener dinero fuera de los canales oficiales. Sin embargo, las capturas no demuestran por sí solas que exista una organización coordinada entre ambas ciudades ni permiten afirmar que las personas señaladas hayan cometido delitos.
Por esa razón, la expresión “cártel del INM” solamente puede plantearse como una pregunta editorial sobre un posible patrón. No es, con la evidencia disponible, una conclusión judicial ni una afirmación comprobada.
EL EXPEDIENTE DE CIUDAD DE MÉXICO
Entre las imágenes revisadas aparece un documento que se presenta como una denuncia dirigida al área de investigaciones del Órgano Interno de Control de la Secretaría de Gobernación, fechado el 12 de abril de 2026.
El escrito relata que el representante de una empresa habría contactado, mediante un anuncio en Facebook, a personas que ofrecían gestionar cinco residencias permanentes para ciudadanos chinos.
De acuerdo con el documento, se habría fijado un precio de 90 mil pesos por cada expediente, para un total de 450 mil pesos. El denunciante sostiene que entregó 225 mil pesos en efectivo —la mitad del monto— junto con los documentos de los solicitantes, dentro de instalaciones vinculadas con la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio.
Una ampliación presentada como fechada el 20 de mayo menciona un folio ciudadano y un oficio aparentemente emitido por el Órgano Interno de Control. También atribuye a un grupo de servidores públicos y gestores externos la tramitación de residencias mediante documentos posiblemente falsos y, en algunos casos, sin la comparecencia de los beneficiarios para la obtención de datos biométricos.
Otros mensajes anexos hablan de tarifas de miles de dólares, pagos mensuales a funcionarios y decenas de expedientes procesados. Esas cantidades proceden exclusivamente de los denunciantes y no pudieron ser confirmadas de manera independiente.
Diez10 Noticias tampoco pudo verificar públicamente el estado del folio mencionado, la autenticidad integral de los oficios ni la adscripción actual de todas las personas nombradas. La plataforma federal SIDEC permite consultar una denuncia únicamente con el folio y la clave de acceso correspondientes. Además, la autoridad investigadora puede emplear hasta 180 días hábiles, prorrogables por un periodo igual, para atenderla.
La existencia de un escrito de denuncia no acredita que sus afirmaciones sean verdaderas. Corresponde a las autoridades confirmar la autenticidad de los documentos, reconstruir el flujo de los expedientes y determinar si hubo dinero entregado a servidores públicos.
LA DENUNCIA SOBRE TIJUANA
La segunda conversación señala a personal que presuntamente trabaja en filtros migratorios del Aeropuerto Internacional de Tijuana.
La fuente afirma que viajeros extranjeros serían separados según su nacionalidad y obligados a pagar entre 400 y mil 800 dólares para abandonar las instalaciones. También sostiene que algunos grupos llegarían primero a Cancún y posteriormente viajarían a Tijuana, donde intermediarios y agentes facilitarían su traslado a hoteles o el contacto con traficantes de personas.
La conversación incluye, además, acusaciones sobre cobros de entre 25 y 100 dólares a ciudadanos estadounidenses que intentan ingresar a México sin pasaporte por cruces peatonales.
Ninguna de las capturas acredita por sí misma la entrega de ese dinero, la participación de los agentes mencionados o la existencia de vínculos con traficantes. La licencia de conducir incluida en los mensajes solamente identifica a una persona; no constituye prueba de enriquecimiento, extorsión ni colaboración con una red criminal.
No obstante, existe un antecedente público reciente que merece investigación. El 12 de septiembre de 2026, El Mexicano difundió el testimonio de cuatro personas que denunciaron que un agente del INM presuntamente les cobró 25 dólares a cada una para permitirles salir de un cruce peatonal de Tijuana. Ese reporte coincide con uno de los montos mencionados en las conversaciones entregadas a este medio, pero no demuestra que se trate del mismo funcionario o de una sola red.
La coincidencia es una señal para investigar, no una prueba suficiente para condenar.
LO QUE DICEN LAS REGLAS OFICIALES
La Ley de Migración establece que los filtros ubicados en aeropuertos y cruces internacionales son espacios en los que el INM autoriza o rechaza la internación regular de personas. Esa decisión debe fundarse en la legislación migratoria, no en pagos informales.
La misma ley precisa que una visa es otorgada por una oficina consular. Por ello, las referencias contenidas en los mensajes a “visas” tramitadas desde oficinas del INM necesitan ser aclaradas: podrían referirse en realidad a regularizaciones, cambios de condición de estancia o tarjetas de residencia.
El INM publica anualmente sus tarifas de derechos migratorios y dispone de un formato oficial para esos pagos. Los cobros descritos en las conversaciones —efectivo dentro de sobres o cantidades entregadas directamente a servidores públicos— no corresponden a esos canales institucionales.
El propio Instituto publicó el 7 de junio de 2026 que no solicita dinero para facilitar trámites o documentos.
Por su parte, el Sistema Integral de Denuncias Ciudadanas identifica el cohecho, el soborno, el tráfico de influencias, la utilización de información falsa y la obstrucción de investigaciones como conductas denunciables cuando involucran a servidores públicos federales o particulares relacionados con ellos.
LAS PREGUNTAS QUE EL INM DEBE RESPONDER
Las denuncias revisadas justifican preguntas concretas:
- ¿El Órgano Interno de Control recibió y reconoció los escritos fechados en abril y mayo de 2026?
- ¿Los folios y oficios mostrados en las capturas son auténticos y existe una investigación abierta?
- ¿Las personas señaladas estaban adscritas a la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio durante los periodos mencionados?
- ¿Es posible modificar registros o expedir tarjetas de residencia sin la comparecencia y toma de biométricos del extranjero?
- ¿Cuántas denuncias por cobros indebidos se han recibido en el aeropuerto y cruces fronterizos de Tijuana durante 2025 y 2026?
- ¿Existen registros de video, bitácoras de turno o procedimientos internos relacionados con los cobros denunciados?
- ¿Qué controles impiden que agentes recomienden hoteles, transportistas o traficantes de personas a viajeros extranjeros?
NI SILENCIO NI SENTENCIA ANTICIPADA
El periodismo no debe ocultar denuncias graves, pero tampoco convertir capturas de pantalla en una sentencia.
Hoy existen dos relatos separados, un documento presentado como denuncia administrativa, mensajes con cantidades y formas de operación, y un testimonio público reciente sobre un presunto cobro de 25 dólares en Tijuana. Falta verificar los documentos originales, confirmar los folios, obtener los registros institucionales y escuchar al INM y a las personas señaladas.
Si las autoridades encuentran expedientes alterados, pagos en efectivo, omisión de biométricos o cobros para permitir el ingreso de viajeros, no estaríamos ante simples irregularidades administrativas. Se trataría de una posible estructura que comercializa decisiones reservadas al Estado y que podría facilitar otras conductas delictivas.
Si las acusaciones no se acreditan, también deberá informarse con la misma claridad.
El “cártel del INM” permanece, por ahora, como una hipótesis planteada por denunciantes. La obligación del Instituto Nacional de Migración y de su órgano de control es responder con expedientes, auditorías, registros y resultados verificables.
Nota editorial: Diez10 Noticias mantiene abierta esta investigación y ofrece derecho de réplica al Instituto Nacional de Migración, al Órgano Interno de Control y a las personas aludidas. Los documentos, conversaciones y datos personales recibidos serán resguardados; su publicación parcial no implica validar su autenticidad ni declarar responsable a persona alguna.

